Page 43 - PLAN DE IGUALDAD DEL AYTO DE ELDA Y SUS OOAA
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como mínimo 48 horas antes de la celebración de la reunión.
Todas las medidas que se adopten por esta Comisión tendrán carácter de Decreto, firmado
por el Concejal de Personal y tendrán que ser ejecutadas por los jefes de servicio u
homólogos en el caso de los OO.AA.
- Cambios en la Comisión:
Se realizarán cambios en los miembros de la corporación y/o en los representantes sindicales, ya sea
por renuncia de alguno de sus componentes (se sustituirá por otra persona), o porque se celebren
elecciones municipales o sindicales.
7.2. Comisión Interdepartamental.
La Comisión Interdepartamental será el órgano colegiado para el desarrollo y seguimiento de las
acciones y directrices de la Administración del Ayuntamiento de Elda, en materia de igualdad de
género, y analizará el desarrollo del I Plan de Igualdad de Género.
7.2.1. Funciones.
Impulsar la práctica del principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y
hombres.
Realizar un seguimiento del cumplimiento, progreso y aplicación de la Ley 3/2007, de 4 de
abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Establecer los objetivos generales para la ejecución del Plan.
En el supuesto de tener que trabajar o desarrollar un tema concreto, se formarán grupos de
trabajo con la finalidad de que éstos, aporten cuestiones,ideas y las realicen.
Publicar un informe de carácter anual de seguimiento de las acciones llevadas a cabo en los
distintos departamentos de la administración, y facilitarán a la Comisión Permanente toda la
información relevante y necesaria para su realización.
Revisar que ninguna publicación del Ayuntamiento de Elda y sus Organismos Autónomos
contenga discriminación por razón de sexo.
Las personas delegadas de cada área/concejalía comprobarán periódicamente mediante
informes técnicos que se realicen las acciones planificadas en el Plan de Igualdad.
Cuando se detecte un caso de desigualdad, la persona afectada podrá acudir a la unidad de
cada área correspondiente, haciendo una propuesta correctiva.
El plazo será de 20 días laborales para contestar a las solicitudes de flexibilidad de jornada,
conciliación y prevención. La Comisión Interdepartamental enviará informe que tendrá carácter
preceptivo y que será elevado a la Comisión Permanente que resolverá en dictamen.
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