Page 44 - PLAN DE IGUALDAD DEL AYTO DE ELDA Y SUS OOAA
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Llevar a cabo el seguimiento de acuerdos adoptados y todas las actuaciones desarrolladas en
la Administración Pública, en la Unión Europea y los organismos internacionales que tengan
relación con la persecución de la igualdad entre mujeres y hombres y con la eliminación de
toda discriminación.
Llevar a cabo las medidas propuestas en cada área estratégica, en el tiempo de ejecución
estipulado.
Cualquier actividad o función requerida por los órganos de Gobierno Local.
Composición y funcionamiento:
COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL
Comisión Permanente Presidente/a, Vicepresidente/a, vocalías y Secretario/a.
Subcomisión Delegado/a o en quien delegue de cada área o concejalía
con voz y voto.
Grupos de trabajo Se contará con grupos de trabajo para elaborar acuerdos,
analizar y proponer cuestiones concretas.
El funcionamiento de la Comisión Interdepartamental se basa en dos aspectos clave:
- Reuniones:
La Comisión Interdepartamental se reunirá de forma ordinaria 3 veces al año. Serán
convocadas únicamente por quién ostente la Presidencia. El número de asistentes para poder
celebrar las reuniones será de la mitad más uno, del total de miembros que componen la
Comisión Interdepartamental, como mínimo, pudiendo delegar en caso de ausencia. Así
mismo, la toma de decisiones se hará a través de votación, en las que el resultado ganador
deberá obtener al menos la mitad más uno del total de votos de los asistentes.
Cualquier miembro de la Comisión Interdepartamental podrá solicitar a la Presidencia que
convoque una reunión con carácter extraordinario, siendo esta motivada.
La Comisión Interdepartamental se reunirá de forma ordinaria 3 veces al año, siempre antes
de la celebración de la reunión de la Comisión Permanente, y de carácter urgente y
extraordinario cuando sea debidamente solicitado.
La convocatoria debe notificarse con siete días naturales de antelación a su celebración, con
la excepción de no cumplir este plazo cuando sea el supuesto de extrema urgencia, el cual
será como mínimo de 48 horas antes de la celebración de la reunión.
Todas las medidas que se adopten por esta Comisión tendrán carácter de Decreto, firmado
por el Concejal de Personal y tendrán que ser ejecutadas por los jefes de servicio u
homólogos en el caso de los OO.AA.
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