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Juan Pascual Azorín Soriano
Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Elda
HACE SABER :
Este Ayuntamiento tiene regulada la emisión de ruidos al exterior en lo que respecta a establecimientos comerciales, industriales y de espectáculos. No así la emisión de ruidos procedentes de garajes y locales. Son muchas las peticiones de vecinos de esta población que se han dirigido a este Ayuntamiento solicitando una regulación a este respecto para poder establecer una coordinación entre diferentes derechos o actividades privadas y evitar conflictos entre el vecindario.
Por lo expuesto, en base a las atribuciones conferidas a la Alcaldía Presidencia por la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y dentro de las competencias municipales, vengo a DISPONER:
Las transmisiones de ruidos desde garajes o locales no podrán ser superiores a:
35 decibelios (A) en horario diurno, entre las siete horas treinta minutos y las veintidós horas treinta minutos.
30 decibelios (A) en horario nocturno, entre las veintidós horas treinta minutos y las siete horas treinta minutos.
Las mediciones de ruidos se realizarán por el personal municipal con un aparato de medida adecuado y empleado en modo de medición FAST.
El personal municipal actuará de oficio o a instancia de interesado.
Las infracciones a lo dispuesto en este Bando serán sancionadas con multa de hasta quince mil pesetas y se impondrán a la persona física o jurídica que sea propietario de la finca urbana o detente derecho real sobre ella.
En Elda a diecisiete de enero de dos mil uno.
EL ALCALDE,
Juan Pascual Azorín Soriano